Las justas injusticias de la justicia que nos enjuicia
Le rebajan la pena de 5 a 3 años
porque no es lo mismo romper dientes originales que postizos; y así lo han entendido fiscalía y acusación particular en un juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Alicante.
El procesado ya había sido condenado a prisión en 2006 por dos delitos de violencia machista sobre la misma mujer que le había perdonado, pensando en el bien del hijo que tenían en común (ya lo dijo Baldassare Castiglione: «Perdonando demasiado al que yerra se comete injusticia con el que no yerra»). Esta vez, le dio un fuerte revéz en la boca y tras el golpe, la arrastró agarrándola del pelo. La victima se zafó, escapó de la vivienda y acudió a la Guardia Civil, sin los dientes y con un mechón de su cabello (no el que tenía Adamo en su desván) arrancado en la mano para documentar la denuncia. Todo sucedió delante del hijo, por su bien…
En su calificación final, el fiscal opinó que el rechazo del procesado a declarar en el juicio «por unos hechos de esta gravedad» debería ser apreciado como inculpatorio. Por su parte, la defensa pidió que se invalide la declaración autoinculpatoria del acusado durante la instrucción, por no haberse producido con su abogado, y pidió su libertad porque su agresión solo conllevará «un tratamiento odontológico».
Cuando finalmente le de la hostia que mi mujer merece, quiero un abogado defensor así…